Mandato y principios

La Estructura de Derechos Humanos se creó en el año 2017 siguiendo recomendaciones internacionales, como los Principios de París

La forman el Síndic de Greuges de Cataluña y el Instituto de Derechos Humanos de Cataluña.

La Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena en el año 1993 recomendó la elaboración de planes de acción nacional donde se identificaran objetivos de mejora en la promoción y protección de los derechos humanos.

La Organización de las Naciones Unidas exhorta a la adopción de planes de acción nacional de derechos humanos, que deben ser documentos públicos, elaborados con una amplia participación de la sociedad, con un alcance general de todos los derechos humanos y orientados a la acción.

El Manual de las Naciones Unidas para la elaboración de planes de derechos humanos recomienda que el impulso inicial del proceso provenga del Gobierno, y que se designe una agencia focal, que puede ser gubernamental o independiente, para coordinar el proceso de elaboración del Plan, si bien la responsabilidad de su ejecución corresponderá siempre al Gobierno.

Este mismo Manual recomienda que, si existen, las instituciones nacionales de derechos humanos o la figura del Ombudsman (defensor del pueblo), como depositarias de conocimiento y experiencia en materia de derechos humanos, tengan un papel central en la preparación y aplicación de los planes nacionales de derechos humanos, tal y como ha sucedido con el Plan de acción de derechos humanos de Escocia.

Las funciones de la Estructura incluyen la coordinación de una red de derechos con entidades sociales, la elaboración de una propuesta de estado de los derechos humanos y la emisión de opiniones sobre los proyectos y las proposiciones de ley del Parlamento de Cataluña que tengan incidencia en el ámbito de los derechos humanos. También podrá redactar informes vinculados con los informes periódicos que los estados deben presentar a los órganos y comités internacionales de protección de los derechos humanos.